- La sentencia contra los responsables del homicidio del sargento de Carabineros Francisco Benavides, será de cumplimiento efectivo para los tres implicados.

Este martes, el Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Angol dictó condenas contra los hermanos Heriberto Moroni y Matías Abinadi Ancalaf Prado, junto a Rodrigo Alejandro Calabrano Ñanco, como autores de diversos delitos vinculados al asesinato del sargento de Carabineros Francisco Benavides García, ultimado en un emboscada perpetrada el 24 de mayo de 2021 cuando retornaban de despejar el corte de la ruta San Andrés – Collipulli.
Los tres condenados fueron sentenciados a 15 años y un día de presidio efectivo por homicidio de carabinero en acto de servicio, tres años y un día de presidio efectivo por porte ilegal de armas y municiones, 541 días de presidio efectivo por dos delitos de disparos injustificados y 41 días de presidio efectivo, además de las penas accesorias correspondientes. Además, en el caso de Heriberto Ancalaf fue condenado a tres años y un día de presidio efectivo adicional por tenencia ilegal de arma prohibida.
El fiscal a cargo de la causa, Carlos Bustos, calificó la investigación como “altamente compleja”, explicando que el caso abarcó más allá del hecho ocurrido el 24 de mayo de 2021: “Fue una investigación altamente compleja, dado las formas en que ocurre el hecho y también el lugar donde ocurre y necesariamente también por el resultado de una persona fallecida, en este caso un funcionario de Carabineros. Se condenó por varios delitos y tuvimos que, tal como lo hemos señalado, ampliar el paradigma de la investigación donde no solamente investigamos el hecho ocurrido el 24 de mayo de 2021, sino que hechos que tratan del año 2019”.
Bustos expresó conformidad con el resultado judicial, destacando la proporcionalidad de las penas impuestas: “Obtenemos un veredicto condenatorio, y las penas, están dentro de los rangos que la ley establece o establecía al momento de la ocurrencia de estos hechos. Creemos que el tribunal recorrió o tenía la facultad de recorrer toda la escala, pero las penas que he impuesto también están dentro de las facultades del tribunal”.
El persecutor también resaltó el valor de los registros audiovisuales para sustentar la acusación, asegurando que los videos de las cámaras de seguridad y los de las bodycam fueron “de importancia para la investigación porque vienen a corroborar lo que nosotros presentamos con prueba testimonial y valoramos también las formas que pudimos presentar esta teoría al caso a través de la prueba incorporada. Presentamos testigos, peritos, y estos registros audiovisuales nos vinieron a corroborar las mismas declaraciones que habíamos incorporado a través de los testigos, darle fuerza a estas declaraciones a través de estos videos, tanto de registro audiovisual y también de audio, en algunos casos”.
Con estas condenas, se cierra un proceso judicial que marcó un precedente en la investigación de delitos graves contra funcionarios de Carabineros. La defensa tendrá diez días hábiles para presentar un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Temuco.