Golpe al Tren de Aragua en Temuco: presidio perpetuo para integrantes del grupo criminal por doble asesinato

  • Los delincuentes fueron sentenciados a la cárcel por su participación en un violento doble homicidio ocurrido en 2022 en la capital regional. Un quinto imputado recibió 15 años de prisión por su rol como cómplice. La Fiscalía destacó la gravedad del caso y la contundencia de la prueba reunida.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a presidio perpetuo calificado a cuatro ciudadanos venezolanos por su participación en un violento robo con homicidio que dejó dos víctimas en el macrosector Pedro de Valdivia, la noche del 25 de octubre de 2022.

Los condenados a presidio perpetuo calificado son Fernando José Gómez Gandica, Onsly Ildemar García Viña, Anderwin José Arteaga Pérez y Juan Manuel Barreiro Palacios, todos declarados culpables como autores del doble asesinato. Por su parte, Ryder Alexander Herrera Gómez fue sentenciado a 15 años de presidio efectivo como cómplice.

Según el fiscal del caso, Luis Arroyo, “la Fiscalía está muy conforme con lo resuelto por el Tribunal, se dio por acreditado el delito principal, que era el delito de robo con homicidio, específicamente un doble homicidio respecto de dos víctimas de nacionalidad venezolana. Los acusados, todos también de nacionalidad venezolana, personas con situación irregular en nuestro país y que de acuerdo con los antecedentes reunidos durante la investigación formarían parte de una agrupación criminal, aun cuando no se acusó por ese delito específico, pero los antecedentes daban cuenta de que al menos mantenían vinculaciones con la conocida organización internacional Tren de Aragua”.

El caso fue calificado como uno de los más graves registrados en la región en los últimos años, no solo por la brutalidad del crimen, sino también por la participación de individuos asociados —según la investigación— a una red criminal de alcance internacional.

“Las penas impuestas por el Tribunal fue la mayor que establece nuestra legislación, la de Presidio Perpetuo Calificado, para cuatro de ellos acusados como autores directos de estos delitos, el Tribunal estimó que uno de estos sujetos de las cinco personas habría actuado en calidad de cómplice, específicamente una persona que habría comprado unas amarras, aun cuando una de las magistradas estuvo por establecer que habría tenido participación en calidad de autor. A esta persona se le impuso una pena de 15 años de privación de libertad. Igualmente la Fiscalía pudo acreditar la existencia de los delitos de porte ilegal de arma de fuego y de municiones respecto de tres de ellos, que son las personas que llegaron hasta el domicilio de las víctimas”, agregó el fiscal Arroyo.

Con este fallo, se cierra una etapa clave de un proceso judicial que también marcó un precedente al incluir, por primera vez en Chile, el uso de una prueba pericial presentada en el Metaverso, lo que fortaleció el relato probatorio de la Fiscalía y derivó en penas contundentes.

Las condenas dictadas deberán ser cumplidas en régimen cerrado, sin beneficios hasta cumplidos los 40 años de prisión, lo que refleja la gravedad de los hechos.

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