- El ente persecutor valoró la sentencia considerando las diferentes dificultades que tuvieron que enfrentar debido a la ausencia de la mujer afectada. Los relatos de carabineros, médicos y peritos fueron fundamentales para lograr el exitoso fallo.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a Evo Quispe Paco, ciudadano boliviano en situación migratoria irregular, a 7 años y 150 días de presidio por el delito de violación, y a otros 61 días de reclusión más el pago de una multa de 1 UTM por hurto simple.
Los hechos ocurrieron el 14 de abril de 2024 en Teodoro Schmidt. La víctima, también extranjera y en situación migratoria irregular, abandonó el país antes del juicio y no participó de ninguna diligencia posterior a la denuncia, lo que representó una dificultad adicional para la investigación.
Gabriela Rojas, fiscal jefe de Nueva Imperial e integrante de la Unidad de Delitos de Violencia de Género y Víctimas Vulnerables explicó que “la víctima estaba en calidad de inmigrante irregular en nuestro país y de nacionalidad boliviana y, por tanto, existía de su parte también desconfianza y temor en participar en el proceso justamente por desconocimiento, temor a ser detenida, a ser juzgada de otra forma (…) a poco andar de la investigación se retiró, devolviéndose a su país”.
Pese a ello, la Fiscalía logró acreditar los delitos mediante prueba testimonial, pericial y documental, incluyendo exámenes médicos que daban cuenta de lesiones compatibles con agresión sexual, el hallazgo del teléfono robado en poder del acusado y registros de cámaras de seguridad.
El tribunal valoró además la especial situación de vulnerabilidad de la víctima y aplicó los estándares internacionales en materia de delitos sexuales, que permiten valorar con especial atención el relato inicial de la víctima y la prueba periférica en estos casos.
La persecutora también reveló que “la ausencia de la víctima se suplió a través de las declaraciones de las personas que interactuaron con ella en un inicio, los carabineros que acogieron la denuncia, los médicos que la escucharon y la examinaron, los peritos también que intervinieron desde una primera instancia en la investigación. Ellos fueron capaces de incorporar no sólo las pericias que realizaron o los exámenes médicos sino también el relato de la víctima, las características de esta víctima, una víctima bastante disminuida en lo social, atemorizada, todo lo cual pudo conocer el tribunal y finalmente dictar esta sentencia”.
El condenado, que arrendaba una pieza junto a la víctima y su madre, deberá cumplir la pena privativa de libertad de un modo efectivo, según lo que establece la sentencia.